Miércoles, 01 Julio 2015 09:56

Dejan sin efecto resolución de la Corte santafesina

- Dejaron sin efecto una resolución de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe por considerar que se privó a un trabajador de cobrar la indemnización por un accidente laboral. - Un hombre que trabajaba en la acería Acindar de Villa Constitución planteó contra la empresa un juicio laboral por cobro de pesos. - La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones del Trabajo de Rosario había confirmado la pretensión indemnizatoria según la Ley de Accidentes de Trabajo, pero no admitió la compensación de la demandada con sustento en los términos del acuerdo extintivo que puso fin al contrato de trabajo entre las partes mediante el pago de una "gratificación". - La Corte santafesina anuló la decisión del tribunal de alzada rosarino y el trabajador presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. - El máximo tribunal de la Justicia argentina afirma que “tiene raigambre constitucional la obligación de indemnizar al trabajador accidentado o víctima de una enfermedad profesional”. - Agrega que lo resuelto debe ser dejado sin efecto porque “admitió la validez de un acuerdo extintivo sin examinar debidamente si lo estipulado importaba la renuncia al derecho cuyo amparo se requirió y contaba con especial tutela constitucional”. - La Corte nacional declaró procedente el recurso extraordinario del trabajador, revocó la sentencia y dispuso que el expediente sea remitido al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento.
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