La Justicia de Familia de Rosario resolvió la restitución internacional de un niña española y ordenó el reintegro inmediato a su residencia habitual. La madre decidió traer a la menor a la Argentina sin el consentimiento del padre ni autorización judicial.
La jueza del Tribunal de Familia Nº 7, la doctora Valeria Víttori, aplicó la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores que tiene como finalidad garantizar la restitución inmediata de los menores trasladados o retenidos de manera ilícita. Destaca la magistrada que si la legislación española atribuye la custodia y guardia a uno de los progenitores, ese derecho no es suficiente para que ese padre conviviente puede decidir por sí la modificación de la residencia habitual del niño.
Agrega la resolución de la jueza Víttori que el interés superior del niño es respetado por el derecho a no ser trasladado o retenido indebidamente, a visitar al padre no conviviente y en la inmediata restitución para que sea el juez natural el que decida cuestiones de fondo.También fueron tenidos en cuenta los principios de la cooperación internacional que impone al Estado argentino el deber de cumplir las disposiciones.
Además, se consideró el interés superior de la niña garantizando el retorno inmediato y seguro a España, restableciendo los lazos violentados. Asimismo, la magistrada fundamentó el reintegro internacional de la menor en la Convención sobre los derechos del niño, la Ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de los Niños y en las 100 reglas de Brasilia sobre el acceso a la Justicia de personas vulnerables.