Imprimir esta página
Lunes, 01 Agosto 2016 03:43

Aseguradora deberá cubrir accidente a pesar que la clienta no tenía carnet de conducir

- Una aseguradora deberá cubrir los daños de un accidente de tránsito a pesar que la clienta no tenía carnet de conducir. - La Cámara de Apelaciones de Circuito de los tribunales provinciales de Rosario rechazó un recurso planteado por la compañía de seguros. - La empresa Federal Argentina por un fallo de primera instancia debía cubrir los gastos producidos por un choque ocurrido en el 2007 en Armstrong. - Sin embargo, consideró que era causal de exclusión de cobertura que la automovilista no tuviera carnet de conductor habilitante al momento del siniestro. - Los camaristas Eduardo Pagnacco, Ricardo Netri y René Galfré entendieron que la aseguradora debió exigirle a la clienta el carnet de conducir al momento de celebrar el contrato. - Para la Cámara la empresa tenía la obligación de realizar todas las averiguaciones necesarias y no haberlo hecho es un acto de mala fe que la habilitó a cobrar las cuotas, pero en caso de un siniestro podía eludir su responsabilidad de cobertura.
Visto 2123 veces