Miércoles, 12 Abril 2017 13:07

El fisco nacional deberá devolver dólares incautados

- La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario dispuso que el fisco nacional deberá reintegrar los 88.000 dólares que le fueron incautados a una pareja que iba a tomar un vuelo desde Rosario al exterior. - El 7 de noviembre del 2007 cuando se realizaban en el aeropuerto de Rosario los controles previos a la partida de un avión de Lan Chile hacia Santiago, la Policía de Seguridad Aeroportuaria estableció que 2 pasajeros transportaban una importante suma de dinero en efectivo. - Por ese entonces estaba prohibido salir del país con más de 10.000 dólares. - Para justificar el dinero la pareja exhibió 2 escrituras por la venta de propiedades. - La Administración Nacional de Aduanas los condenó al decomiso de los 88.000 dólares y al pago de una multa de 210.000 pesos. - Posteriormente, el juez federal Marcelo Bailaque confirmó el fallo administrativo y redujo la sanción económica a un 25 por ciento. - La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario revocó el decomiso de los dólares y redujo la multa a 15.00 pesos. - Sostiene el tribunal que más allá de la violación a las restricciones a la exportación de moneda extranjera que vulnera un bien jurídico de importante significación, no puede equiparse al delito de contrabando de armas de fuego. - Agrega que en este caso “quedó demostrado el origen lícito del dinero”. - Los camaristas Edgardo Bello, Elida Vidal y José Guillermo Toledo señalan que “no puede pretenderse la aplicación automática de la figura del comiso”, equiparando la salida del país de una suma mayor a los 10.000 dólares con sustancias estupefacientes o armas de fuego. Abogada patrocinante: Graciela Lenguitti 156-400792 4933056

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