- Confirmaron una resolución que condenó a una concesionaria y a una automotriz a sustituir un automóvil que tuvo reiterados inconvenientes en el embrague. - La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó los recursos presentados por la concesionaria Prost y Peugeot Citroen Argentina. - En consecuencia, deberán sustituirle a una mujer un auto Peugeot por otro cero kilómetro correspondiente al año en curso. - También deberán pagarle más de 50.000 pesos por los daños moral y punitivo y por privación de uso del rodado. - El vehículo ingresó en 17 meses 5 veces al servicio técnico para ser reparado el desperfecto del embrague y no arreglaron el problema. - El tribunal de alzada sostiene en la resolución que “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho en la relación de consumo a la protección de sus intereses económicos, lo que significa que los productos cumplen con estándares de calidad”. - Destacan los camaristas que “la repetición de la avería es indicativo que la falla continúa, que no ha sido reparada correctamente o no se encontró la causa que produce la falla”. - Agregan que “la concesionaria de automotores y el fabricante resultan solidariamente responsable por el cumplimiento de la garantía”. - Además, señalan que “el daño moral permite resarcir las angustias y pesares que la ocasionó al comprador la reiteradamente insatisfecha cobertura de la garantía”.