Viernes, 02 Marzo 2018 11:28

La Justicia resolvió quitar la responsabilidad parental a un femicida

La jueza de familia Dra. Andrea Brunetti resolvió quitarle la responsabilidad parental a un hombre condenado por el homicidio de su pareja, con quien tenían un hijo menor de edad en común que ahora formará parte de la familia de su tío, hermano de la madre del niño.

Esta resolución de la jueza Brunetti es (desde la implementación de una reforma al artículo 700 bis del nuevo Código Civil y Comercial) la consecuencia inmediata de una condena penal contra el autor de determinados delitos agravados por el vínculo. Es que la nueva legislación establece “la privación de modo automático de la responsabilidad parental” para quien es condenado como autor de femicidio, por haber inflingido lesiones contra su pareja, hijo o hija y contra aquél que cometió un delito de índole sexual contra estos últimos.

En este caso en particular, debido a que no estaba vigente la reforma, el recurso de privación de la responsabilidad parental fue interpuesto por el tío del niño, hermano de la mujer asesinada, quien dio cuenta que desde el trágico hecho (ocurrido en 2012 en Entre Ríos) el menor estuvo a su cargo y viviendo con su familia en Rosario. Esta cuestión fue tenida en cuenta por la magistrada, a lo que le sumó que el niño expresó su voluntad de formar parte de la nueva familia.

En su fallo, la magistrada hizo referencia a convenciones internacionales a las que adhiere Argentina con el objetivo de sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, cuya perspectiva de género pretende tutelar los derechos de niños, niñas y adolescentes. Se considera que estos han padecido violencia (directa o indirectamente), siendo “víctimas colaterales” del femicidio. Esto tiene como fin tener en cuenta a las “víctimas invisibilizadas” para que no sean doblemente castigadas: no solo por perder a sus madres de modo violento sino por tener que quedar bajo el cuidado del femicida, para lo que resulta “indispensable que el padre que asesinó a su madre quede privado de cualquier decisión y contacto respecto de los niños”.

La nueva normativa dispone de modo automático la privación de la responsabilidad parental en estos casos, lo que debe ser comunicado por el juez penal que impone la condena por femicidio al juez civil correspondiente (si existiere causa abierta) o al Registro Civil y de Capacidad de las Personas.

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