- La Justicia rosarina condenó a supermercados Carrefour por el maltrato a dos jóvenes porque supuestamente habían sustraído productos de la sucursal ubicada en Eva Perón 5856.
- Por el daño sufrido deberá pagarles entre capital a intereses la suma de 70.000 pesos.
- El 31 de agosto de 2008 las mujeres se retiraban del supermercado y en esa circunstancia un empleado de seguridad y un policía comenzaron a revisarlas. Las llevaron al baño, las obligaron a quedar en ropa interior y a una de ellas la empujaron contra una mampara, que producto del impacto se rompió.No se les encontró mercadería sustraída ni elementos de peligrosidad y el detector no había sonado.
- Luego fueron trasladadas a la comisaría 12 donde permanecieron varias horas privadas de la libertad.
- La jueza en lo civil y comercial Nº 18 Susana Gueiler sostiene en la resolución que “quien concurre a un centro comercial o de esparcimiento tiene una confianza fundada en que el empresario se ha ocupado razonablemente de su seguridad·.
- Agrega que “se deben adoptar medidas a favor del consumidor con el fin de evitar que mientras realiza las compras sufra daños”. Destaca la magistrada que “la actividad del personal que presta los servicios de seguridad a una empresa debe adecuarse a parámetros razonables, de respeto al consumidor”.
- Señala la jueza Gueiler que “no resulta adecuado que ante la sospecha de hurto se detenga a los sospechados en la línea de caja y a pesar de que las alarmas de los detectores no sonaron”, se los obligue a empujones a concurrir al baño, quitarse la ropa y proceder a su detención”.
- Al hacer lugar a la demanda también condena a Carrefour a pagar la suma 5.000 pesos por daño punitivo, que es una multa a los fines de castigar a los proveedores de bienes y servicios que incurren en graves inconductas.
Abogados patrocinantes: Gustavo Irigoyen y Daniel Cervigni