- - La Justicia rosarina ordenó a IAPOS la cobertura a un afiliado del 100% de un medicamento para tratar la diabetes tipo 2 y el 70% de otro para la hipertensión.
- Ante la negativa de la obra social de los empleados públicos de la provincia a cubrir esos 2 remedios el afiliado presentó en tribunales provinciales una acción de amparo.
- El juez en lo civil y comercial Marcelo Quaglia hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a IAPOS la cobertura solicitada.
- El magistrado entiende que “al diagnosticarse diabetes e hipertensión estaría acreditada la gravedad del caso y no admite dilación la prestación indispensable para la atención de la salud”.
- Agrega en la resolución que “la falta de provisión en tiempo inmediato del medicamento requerido podría afectar el tratamiento de la enfermedad”.
- Destaca el juez Quaglia que “el perjuicio que puede derivar de la no iniciación del tratamiento resulta desproporcionado frente al costo que tiene para IAPOS”.
- Recuerda el magistrado que la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que “toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias relativas a la asistencia médica".