- La Justicia rosarina hizo lugar a una demanda contra el plan de ahorro de Volkswagen por claúsulas abusivas.
- - Un hombre suscribió en el 2014 un plan de 84 cuotas para adquirir un auto Gold Trend.
- - A partir de la cuota 28 comenzaron a debitarle conceptos que no habían sido autorizados.
- - Tiempo después recibió una nota de Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados en la que le informan que por cambios macroeconómicos el valor de los vehículos a nivel nacional se incrementaron. Además, le comunicaron que implementaron un esquema de diferimiento por 6 meses consecutivos del 8% que se aplicaría sobre la alícuota vigente.
- - El adherente al plan intimó al cese inmediato del débito mensual y al reintegro de las sumas correspondientes a débitos varios. En la resolución el juez en lo civil y comercial Carlos Cadierno sostiene que la Ley tiene por objeto la defensa del consumidor o usuario, asegurando la plenitud de sus facultades de información, elección y exigencia.
- - Destaca también que la conducta desplegada por Volkswagen es claramente violatoria al deber de información. Agrega que el Código Civil y Comercial de la Nación y en el artículo 4° de la Ley de defensa del consumidor se establece que "el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización”.
- - Puntualiza el magistrado que la demandada no cumplió suficientemente con el deber de información correspondiente a su cargo y procedió a la modificación unilateral de las cláusulas, existiendo una conducta abusiva y colocando al cliente en una situación de incertidumbre respecto a los conceptos debitados.
- - El juez Cadierno falló haciendo lugar a la demanda, declaró la falta de información suficiente con la correspondiente inclusión de cláusulas abusivas que impusieron el aumento unilateral del precio. Además, ordenó el reintegro de los cobros indebidos.