Lunes, 18 Julio 2022 11:28

Ordenan a prepaga cubrir medicamento contra el cáncer de próstata

    La Justicia Federal de Rosario hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a Swiss Medical la cobertura a un afiliado de un medicamento para el cáncer de próstata que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica sólo lo autorizó a importar para el uso compasivo en el paciente.
    Se trata del remedio 1 vial de 2 ml de 177-Lu-PSMA-617 actividad 200 mCi. Cada dosis tiene un costo de 5.000 dólares.
    Un afiliado de Swiss Medical presentó un amparo con el patrocinio del abogado Rodrigo Miralles para que le brinde la provisión inmediata y con cobertura del 100% del tratamiento completo con esa medicación para tratar la patología oncológica que padece.
    Sufre de Adenocarcinoma (cáncer) de Próstata avanzado hormo-refractario y progresado a múltiples tratamientos previos. El cáncer fue detectado inicialmente en el 2009. A causa de la evolución de la patología, fue sometido a diversos tratamientos.
    Por recientes estudios realizados, su médico tratante ha decidido suspender el último tratamiento en curso
ya que detecto la ineficacia de la última droga suministrada.
    Tiene que iniciar de inmediato con el tratamiento médico debido al avance progresivo del tumor. El 10 de mayo de este año presentó reclamo formal intimando a la prepaga para que en un plazo de 24 horas le otorgue la cobertura del 100% de la medicación ordenada por su médico tratante. Sin embargo, no ha recibido respuesta alguna.
    La demandada al contestar afirmó que la medicación que le fue indicada al afiliado no se encuentra aprobada por la Autoridad de Aplicación (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica -ANMAT) para cáncer de próstata. Asimismo, sostuvo que tampoco se comercializa en el país.
    Hace pocos días la ANMAT autorizó la importación de la medicación a los fines de su uso compasivo en el paciente que tiene 83 años.
    Un médico especialista en oncología clínica en declaración testimonial sostuvo al tribunal que el paciente reúne las condiciones y requisitos para recibir la medicación prescripta.
    Al hacer lugar a la medida cautelar, la jueza federal Sylvia Aramberri destacó que "si bien es cierto que la medicina requerida presenta carácter experimental, y que al momento no cuenta con la autorizaciones legales pertinentes, no obstante ello, considero que este argumento no alcanza para librar al agente de salud demandado de su obligación de hacer frente a la droga solicitada".
    Agregó que "Los especialistas abocados al caso han sido contundentes en aseverar que al paciente no le quedan opciones terapéuticas útiles para su cáncer de próstata, que la única alternativa que le queda intentar para prolongar y mejorar su calidad de vida, es la medicación indicada".
    Además, señalaron "que la droga en cuestión ha sido aprobada por la Agencia de Medicamentos
de Estados Unidos y por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) como de uso compasivo.
    La resolución dictada por la jueza Sylvia Aramberri se encuentra apelada.

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