- El Colegio de Abogados de Rosario, la Caja Forense, el Colegio de Procuradores y la Caja de Seguridad realizaron una presentación judicial.
- La acción mere declarativa tiene por objeto obtener un pronunciamiento que elimine la falta de certeza sobre la aplicación del Jus.
- El planteo responde a la intranquilidad originada a raíz de un fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe.
- Las 4 entidades destacan laconstitucionalidad del JUS, su carácter alimentario, y la interpretación propuesta de que se aplique no sólo hasta que queden firmes los honorarios sino hasta el efectivo pago.
- Consideran que los honorarios expresados en Jus constituyen una deuda de valor y no una deuda de dinero.
- Además, entienden que el término “momento del pago”, que establece el artículo 32 de la ley 12851, no es otro que el instante de la entrega total del dinero.
- En la acción mere declarativa entiende el juez en lo civil y comercial Néstor García.