La Cámara de Apelaciones en lo Laboral confirmó la condena a una empresa de seguridad privada y deberá indemnizar a una trabajadora por despedirla sin causa.
El motivo del despido fue acusarla de haber permitido la sustracción de más de 20 prendas de Falabella. La empresa Servicios Interactivos de Argentina considera que al ser empleada de seguridad debió impedir el robo.
Señala el tribunal de alzada que “ponderando que el servicio de vigilancia privada contratado por una empresa tiene por finalidad primordial brindar seguridad a los bienes y personas dentro de sus establecimientos, el hallazgo de una cantidad significativa de alarmas luego de finalizada la jornada de trabajo, aunque pudiere resultar un elemento indiciario, no es demostrativo por sí solo de un faltante de mercadería bajo su custodia”.
Los abogados que patrocinaron a la vigiladora afirmaron en la defensa que “los trabajadores de seguridad tienen obligación de medios y no de resultados”.
Para los camaristas Sergio Restovich, Andrea Netri y María Andrea Deco “la rescisión contractual aparece desmesurada”.
Abogados patrocinantes: Pablo Angelero y Agustín Merayo