Ordenan a una firma pagar el ciento por ciento del sueldo a un trabajador que sufrió un accidente laboral. El agente tiene una incapacidad del 58%. Se desconoció un artículo de la ley de riesgos del trabajo. La Justicia rosarina ordenó a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que pague el cien por ciento del sueldo a un trabajador que sufrió un accidente laboral.
El artículo 14 de la Ley de Riesgos del Trabajo establece que la renta periódica que percibirá el trabajador será igual al porcentaje de la incapacidad que padece y que en este caso es del 58 por ciento.
En una resolución sin antecedentes en los tribunales provinciales de Rosario, la jueza del trabajo de la segunda nominación, María Andrea Deco, ordenó a Mapfre Argentina que le pague la totalidad del salario a un electricista especializado del frigorífico Swift que cayó de 12 metros de altura mientras reparaba una caldera.
A raíz del accidente ocurrido el 21 de octubre del 2009 el operario padeció traumatismo de cráneo, pérdida de la visión y audición y los peritos establecieron una incapacidad del 58 por ciento.
Los abogados patrocinantes del trabajador plantearon la inconstitucionalidad del artículo 14 de la Ley de Riesgos del Trabajo (Nº 24557) y la jueza dictó una medida cautelar por la que ordena a Mapfre Argentina pagar la totalidad del sueldo hasta tanto finalice el juicio laboral contra la ART y el frigorífico situado en Villa Gobernador Galvez.
Viernes, 24 Enero 2014 10:27