Viernes, 22 Noviembre 2019 23:27

Condenan a la empresa de transporte de pasajeros Vantravel

  • -  La justicia rosarina condenó a la empresa de transporte de pasajeros Vantravel por no brindar el sistema de retención infantil para un bebé de 1 año y 4 meses.
  • -  Cuando la familia retorna de un viaje al exterior, en el aeropuerto internacional de Ezeiza el chófer de Vantravel les informó que no tenía el asiento especial para menores. Cuando habían viajado a Buenos Aires el pequeño lo había hecho en una butaca reglamentaria.
  • -  Privilegiando la seguridad de la familia y en cumplimiento de la normativa de tránsito vigente en el país, descendieron del minibus y unas horas después lograron regresar a Rosario por otra empresa.
  • -  En la resolución el juez de circuito Eduardo Arichuluaga sostiene que se trata de una situación amparada por la  Ley de Defensa del Consumidor. Agrega que el demandante había abonado a Vantravel los traslados de ida a Buenos Aires y de retorno a Rosario.
  • -  Destaca el magistrado que existía la obligación del transportista de proveer el asiento de  retención infantil.
  • -  Por daños patrimonial, moral y punitivo Vantravel fue condenada a pagar, entre capital e intereses, más de 50.000 pesos. La resolución se encuentra apelada.

    Abogado patrocinante: Diego Culasso

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