- La Municipalidad de Rosario fue condenada por las lesiones sufridas por un peatón que introdujo su pie derecho en la rotura del cordón y cayó al piso.
- El hecho se produjo el 18 de julio del 2004 en Mitre al 500.
- El hombre sufre una incapacidad del 13% derivada de una fractura de tibia y peroné en el miembro inferior derecho.
- Al hacer lugar a la demanda el Tribunal Colegiado Extracontractual Nº 6 destaca que quien provocó un daño aún sin culpa intencional debe cargar con el daño que creó.
- Señala que “la calzada y por ende el cordón, constituyen un bien que pertenece al dominio público del Estado Municipal”.
- Los jueces Horacio Allende Rubino, Ignacio Aguirre y Analía Mazza afirman que “el municipio tiene la obligación de velar por la seguridad de aquellos que se desplazan por la calzada”.
- Citan también un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de los tribunales provinciales de Rosario que puntualiza que “los municipios tienen el deber de asegurar el tránsito por la vía pública sin riesgos para los conductores y peatones”.
- La Municipalidad de Rosario deberá pagarle al peatón lesionado la suma de $700.000, entre capital e intereses.