Sábado, 21 Marzo 2020 12:13

La Justicia rosarina condenó a 2 médicos

- Por la muerte de un paciente 2 médicos fueron condenados por el delito de homicidio culposo.
- El 25 de febrero de 2009, en Rioja y Balcarce, chocaron un taxi y una moto. Como consecuencia de la colisión el motociclista fue trasladado al Centro de Emergencias Rosario, ubicado en Alvear al 800. Al momento del choque iba a trabajar a tribunales provinciales, donde  se desempeñaba como oficial de justicia.
- El hombre falleció 38 días después del siniestro. El 13 de marzo recibió el alta, pero días después desmejoró gravemente su estado de salud y falleció el 3 de abril.
- Las médicas forenses indicaron que la muerte fue causada en forma conjunta por el politraumatismo asociado a;
un tratamiento insatisfactorio, pudiendo éste último restarle la posibilidad de sobrevida. El fallecimiento fue consecuencia de una embolia pulmonar, que consiste en la obstrucción de la arteria de los pulmones.
- En una ampliación del informe de autopsia se destaca como “determinante de la muerte las fracturas múltiples y complejas de huesos largos, reposo prolongado, sobrepeso y sedentarismo y que el tratamiento anti-coagulante aparece como insuficiente para la magnitud del cuadro traumático.
- En los considerandos del fallo se puntualiza que “la persona incriminada debe tener el deber de responder jurídicamente de que el resultado no ocurra; en ello radica su obligación”.
- Se agrega que “la comisión por omisión es cuando se tiene la posibilidad de corroborar que la conducta ideal hubiera podido disminuir o bajar severamente el riesgo de la producción del resultado no querido·.
- También se señala en el fallo que “en tiempos pretéritos existía una especie de creencia que el médico era alguna especie de ser superior que no se lo podía cuestionar, ni siquiera pedir explicaciones acerca de porque elegía o abandonaba tal o cual tratamiento y mucho menos, su resultado por más ominoso que resultara. De hecho que todavía en algunos persiste esa creencia”.
- Además, se afirma que “no caben dudas, que los médicos Lovesio y Roitman tenían el deber de extremar al máximo los cuidados y previsiones para tratar de evitar cualquier tipo de riesgo o complicación que pudiera suscitarse en el desarrollo del postoperatorio”.
- Añade el fallo que “era esperable, y aconsejable, luego de sendas intervenciones la aplicación de la anticoagulación por riesgo de formación de trombos lo que debió ser insoslayable y nunca pudo ser dejado librado al azar”.
- Los doctores Claudio Roitman y Carlos Lovesio fueron condenados a 2 años de prisión de ejecución condicional como autores responsables del delito de homicidio culposo. Asimismo, fueron inhabilitados por 7 años para ejercer la medicina en todas sus especialidades e incumbencias.
- El fallo seguramente será apelado.
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