Lunes, 03 Mayo 2021 15:58

Otro padre perdió los derechos sobre su hijo

  La Justicia de Familia de los tribunales provinciales de Rosario privó a otro padre de la responsabilidad parental sobre su hijo y ordenó que el niño tenga el apellido materno.

  Luego de una relación de pareja se produjo la separación definitiva. Al poco tiempo la mujer se enteró que estaba embarazada.

  En la presentación judicial se destaca que el padre “ha abandonado a su hijo, dejándolo en un estado de desprotección total, encontrándose actualmente al exclusivo cuidado de su madre y no cumple con su deber alimentario desde el 16 de agosto de 2016”. El menor tiene 11años.

  En octubre del año pasado el progenitor fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo.

   La jueza Sabina Sansarricq destaca que la Ley N° 27.363 reformó la codificación civil y comercial incorporando al texto legal el artículo 700 bis que determina que “cualquiera de los progenitores queda privado de la responsabilidad parental por ser condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito contra la integridad sexual cometido contra el hijo o hija de que se trata. La condena penal firme produce de pleno derecho la privación de la responsabilidad parental”.

   Afirma que el abandono paterno se configura “aun cuando el hijo quede bajo el cuidado del otro progenitor o la guarda de un tercero. Ello resulta así por el carácter personalísimo, indelegable e intransferible de las obligaciones legales que recaen sobre los progenitores. Si uno se desentiende no se lo puede premiar con una leve sanción, por mérito de la conducta esforzada del otro o de la caridad de otros parientes”.

  También se destaca que “la conducta de quien abdica en forma voluntaria los deberes paterno filiales no es menos reprensible porque el otro progenitor o un tercero asuman el rol de quien se desentendió de sus deberes, y en el caso fue su madre frente al abandono económico quien se ocupó de brindarle todo el apoyo material indispensable”.

 

Abogada patrocinante: ALICIA COLAZO

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