La jueza de Familia Valeria Vittori otorgó a un padre divorciado el cuidado personal definitivo de su hija.
La pareja mantuvo una relación de concubinato y luego de matrimonio. Fruto de ese vínculo sentimental nació una hija. Se separaron en diciembre de 2013.
La relación siempre fue complicada, ejerciendo la mujer en varias ocasiones violencia sobre el hombre, y luego sobre su hija., a quien agredió física y psicológicamente.
La menor, que tiene 11 años, manifestó expresamente su voluntad de vivir con su papá, el temor que le genera permanecer con su progenitora y que quisiera hablar con ella una vez por semana. Asimismo, planteó la necesidad de que su progenitora realice un tratamiento terapéutico, circunstancia que no ha sido acreditada-
La menor luego del divorcio de sus padres, convivió con su madre, gozando el padre de un amplio contacto.
En marzo del año pasado con fundamento en hechos de violencia familiar se resolvió otorgar el cuidado personal unilateral provisorio de la niña a su padre.
Señala la jueza que “el Código Civil y Comercial establece que responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores sobre la persona y bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor de edad y no se haya emancipado”.
Se destaca en la resolución que “del informe ambiental como de las declaraciones testimoniales brindadas en la causa, sumado a los dichos de la propia niña, se ha probado que se encuentra a gusto viviendo con su progenitor, adaptada, contenida, con un trato afectuoso, asiste a clases y actividades extraescolares, y sostiene un tratamiento psicológico”.
Se menciona a un profesor estadounidense que afirmó que “ha habido un cambio en la mayoría de los países occidentales, en las últimas décadas, por el cual los padres han asumido una mayor responsabilidad en el cuidado de bebés y niños, en parte como resultado del aumento de la participación de las madres en la fuerza de trabajo. Además, ellos han comenzado a reconocer los aspectos positivos y gratificantes de ser padres involucrados”.
Abogada patrocinante: CLAUDIA MENDOZA